Construcción

Actualmente las viviendas deben de ser aseguradas por un seguro decenal de daños desde el principio de su construcción, aunque la cobertura no entre en vigor hasta la finalización de las mismas. La ley fija su obligatoriedad y el no contratarlo hace imposible el posterior registro de las viviendas y por lo tanto su venta. Y quizás desee cubrir también los posibles daños que sufran sus obras a través de un seguro de todo riesgo de construcción. Nosotros tramitaremos cualquiera de estos seguros y le informaremos con detalle de todos los pasos a seguir para su contratación, explicándole sus coberturas

 

 

PÓLIZAS PARA CONSTRUCTORES

PARA EJERCER CON TODAS LAS GARANTÍAS LA ACTIVIDAD
DE PROMOTOR Y/O CONSTRUCTOR


1º Póliza de Responsabilidad Civil para promotor y constructor

2º Póliza de Afianzamiento de Cantidades Anticipadas para empresas que promueven viviendas y garajes. Póliza de obligada contratación

3º Seguro Decenal de Daños. La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación del 5 de Noviembre, exige al promotor la suscripción de un seguro decenal

4º Seguro Todo Riesgo Construcción

5º Seguro de Garantía Trienal. Es una póliza complementaria al seguro decenal que garantiza los daños materiales que afecten a la obra secundaria e instalaciones fijas y de equipamiento del edificio

6º Seguro Convenio Trabajadores

Atención al Cliente

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